La ley que permite el reintegro gradual de trabajadores con contratos suspendidos fue sancionada anoche por el Presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen.
26 febrero 2021 |
Vía twitter el mandatario escribió: en busca del bienestar laboral, sancioné la Ley que permite el reintegro gradual de trabajadores con contratos suspendidos, reconoce el pago de licencias de maternidad a trabajadoras suspendidas y establece medidas para que personas con discapacidad puedan retornar a sus empleos”.
Esta ley aparecerá publicada hoy en la Gaceta Oficial del Estado, también establece medidas temporales para preservar el empleo y la estabilidad de las empresas.
La Ley que fue discutida por todos los sectores y aprobado por la Asamblea Nacional, surge de la necesidad de legislar para contar con una hoja de ruta para el retorno gradual de los trabajadores, salvaguardando los puestos de empleo y dando la seguridad jurídica a las empresas.
También se rescatan y reafirman algunos elementos de la Ley No.157 de 2020, como la regulación de la terminación de la relación de trabajo por mutuo acuerdo y la cancelación total de las prestaciones, a las que tiene derecho el trabajador después de la suspensión.
Se regula el reintegro de los trabajadores de forma gradual por sector económico, de la siguiente forma: sector primario tendrá tres meses; el sector secundario seis meses y el terciario hasta ocho meses.
Dentro de las novedades está que el Mitradel crea el Registro Nacional de Desempleo, con el objetivo de contar con datos estadísticos que permitan promover políticas públicas claras de promoción del empleo, siendo la primera vez que se contará con esta data que será viabilizada mediante la plataforma informática del Gobierno Digital.