El Ministerio Público hace del conocimiento de la ciudadanía que, durante el mes de marzo de 2020, los diferentes despachos de esta institución abrieron 5 mil 500 investigaciones por diversos delitos en medio de la pandemia producida por COVID-19, manteniendo el compromiso de brindar el servicio a nivel nacional para la persecución del delito.
07 abril 2020 |
La situación que atraviesa el país en la actualidad en materia sanitaria ha impactado en diversos rubros. Es evidente que se trata de un asunto que no solo atañe al sistema de salud, sino que también incide de forma significativa en materia laboral, comercial, económica, de seguridad ciudadana y en el sistema de administración de justicia.
“En este contexto, el Ministerio Público ha continuado abriendo casos penales, ordenando y realizando los actos investigativos indispensables para procesarlos, así como llevando a las personas relacionadas con diversos hechos delictivos ante los tribunales competentes, pues las puertas de la institución se han mantenido abiertas a nivel nacional, en las sedes destinadas a brindar los servicios de atención primaria 24 horas del día, los 7 días de la semana”, resaltó el Procurador General de la Nación, Eduardo Ulloa.
Las cifras preliminares recabadas por el Departamento de Estadísticas del Ministerio Público demuestran que los delitos que han tenido una mayor incidencia en el mes de mazo son los patrimoniales (robos, hurtos, estafas, daños, entre otros) con 2022 casos; delitos contra el Orden Jurídico Familiar y el Estado Civil (violencia doméstica, maltrato al menor, entre otros) con 1286 casos y delitos contra la Vida y la Integridad Personal, en los cuales se registran no solo los homicidios dolosos, culposos y femicidios, en un menor porcentaje; sino también las lesiones personales, entre otros, en un mayor porcentaje, con 843 casos.
El Ministerio Pública también contabiliza aquellos casos de muerte por causas que se presumen naturales ocurridas fuera de instituciones de salud, mientras se confirma por el equipo forense que, efectivamente, no se trata de causas traumáticas las que llevaron al deceso.
El nuevo escenario planteado, además, ha llevado a procesar casos no solo por la infracción de los delitos tradicionales de mayor incidencia, sino también a imputar, hasta ahora con éxito, por aquellas conductas tipificadas en el artículo 308 del Código Penal, tanto en función de la posibilidad de propagar una enfermedad peligrosa y contagiosa como el COVID-19, como por la infracción de medidas sanitarias adoptadas por las autoridades competentes para impedir la propagación de dicha enfermedad.